·Las modificaciones de
la Ordenanza Reguladora del Impuesto del Valor de los Terrenos de Naturaleza
Urbana (plusvalía) estarán en exposición pública previa para que todas las
personas, organizaciones y colectivos, puedan hacer sus alegaciones en el plazo
de 20 días hábiles. En Puerto del Rosario, a
21 de julio de 2022.-El Ayuntamiento de Puerto del Rosario, a través
de la Concejalía de Economía y Hacienda, que dirige Juan Manuel Verdugo, ha
puesto a disposición de la ciudadanía, mediante el instrumento legal de la
consulta pública previa, para que todas las personas, organizaciones y
colectivos, puedan hacer las aportaciones pertinentes a las modificaciones de
la Ordenanza Reguladora del Impuesto del Valor de los Terrenos de Naturaleza
Urbana (plusvalía), en el plazo de 20 días hábiles contando desde hoy. Específicamente, se han acometido una
serie de modificaciones y cambios de la presente Ordenanza Reguladora del Impuesto del Valor de los Terrenos
de Naturaleza Urbana (plusvalía), que van introducir bonificaciones y rebajas
fiscales en ciertos escenarios, en función del valor catastral del terreno,
dándole especialmente importancia a los grupos poblacionales vulnerables,
teniendo en cuenta los tramos catastrales. Cuando
el incremento del valor se manifieste en las transmisiones de terrenos o la
constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio realizadas a
título lucrativo por causa de muerte a favor de los descendientes o personas
adoptadas, sus ascendientes o adoptantes podrán solicitar la aplicación de las
siguientes bonificaciones en función de los siguientes tramos de valor
catastral del suelo del inmueble:
-Igual
o inferior a 60.000 euros: 70%.
-Superior
a 60.00 euros y no excede de 100.000 euros: 60%.
-Superior
a 100.000 euros y no excede de 138.000 euros: 50%.
-Superior
a 138.000 euros: 15%. También, tendrán una bonificación del 95% del importe de la cuota íntegra del Impuesto las transmisiones
de terrenos y la transmisión o constitución de derechos reales de goce
limitativos del dominio que afecten al domicilio habitual de: pensionistas que
perciban su pensión de un organismo público español, desempleados/as, inscritos/as
como demandante de empleo, menor de 30 años, personas con discapacidad (igual o
superior al 33%) y víctimas de violencia de género. El alcalde del municipio, Juan Jiménez, ha explicado que “la
modificación sobre el impuesto de plusvalía municipal, que grava el incremento
de valor de los terrenos de naturaleza urbana durante el tiempo en el que se
tiene en propiedad y que se paga cuando se vende o recibe en herencia o
donación, viene adaptarse y a tener en cuenta las diferentes situaciones que
tienen las personas, durante estos procesos, tenerlos en cuenta es de justicia
social y más en estos tiempos inflacionarios”. Para el concejal de Economía y Hacienda, Juan Manuel
Verdugo, ha apuntado que “entrelos
principales motivos de la modificación de la Ordenanza está el dar unidad en
la normativa del impuesto, cumpliendo con el principio de capacidad económica,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, además de
contemplar distintos escenarios en los que se puede encontrar una persona y que
en ocasiones le puede hacer muy difícil pagar el impuesto”, añade.
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